Estos términos y condiciones se aplican a los Servicios (como se definen a continuación) solicitados a China Telecom (Americas) Corporation (“CT Americas”) en ausencia de un Contrato Marco de Servicio entre CT Americas y el comprador (“Cliente”). Al enviar un Resumen de Orden del Cliente o una Orden, el Cliente acepta regirse por estos Términos y Condiciones estándar de adhesión (en adelante, el “Contrato”) como si el Cliente hubiera ejecutado este Contrato. CT Americas y el Cliente pueden ser referidos colectivamente como “Partes” y cada uno individualmente como una “Parte”. CT Americas y el Cliente acuerdan que los términos de este Contrato se aplican a la prestación y el uso de todos los Servicios solicitados conforme a una Orden. Los términos en mayúsculas se definen en el Anexo A del presente documento.
1 PEDIDOS DE SERVICIO
1.1 Servicios. CT Americas, ya sea directamente o a través de sus Afiliados o Portadores de Servicios Subyacentes, prestará al Cliente servicios para la transmisión y recepción directa de señales de datos, video, voz y/o fax entre terminales (los “Servicios”).
1.2 Ordenes. El Cliente adquirirá los Servicios al enviar a CT Americas un Resumen de Orden del Cliente o una Orden (“Orden”), la cual establecerá el Servicio solicitado y la información razonablemente necesaria para que CT Americas proporcione ese Servicio, incluido el plazo del Servicio, los requisitos de ancho de banda, las especificaciones técnicas y logísticas, alcance geográfico y precios. La aceptación de una Orden por parte de CT Americas y la provisión de un nuevo Servicio están sujetos a la presentación de información completa y precisa por parte del Cliente y la disponibilidad del Servicio solicitado. CT Americas se reserva el derecho de rechazar una Orden por cualquier motivo; siempre y cuando, sin embargo, que CT Americas realice esfuerzos comercialmente razonables para notificar al Cliente sobre cualquier rechazo y la razón por la cual dentro de los cinco (5) Días Hábiles. Si se rechaza una Orden, CT Americas trabajará con el Cliente para revisar los términos para que se pueda firmar una nueva Orden.
1.3 Ordenes por parte de filiales de Clientes. Los Afiliados del Cliente pueden comprar Servicios en virtud de este Contrato mediante el envío de un Pedido. Tras la aceptación de una Orden por parte de CT Americas, cualquier Afiliado del Cliente que compre Servicios en virtud de este Contrato estará sujeto a los términos y condiciones en la misma medida que el Cliente; sin embargo, dicho Cliente tendrá responsabilidad solidaria de todas las reclamaciones y responsabilidades derivadas de este Contrato en relación con cualquier Orden aceptada por cualquier Afiliado del Cliente, y cualquier evento de incumplimiento bajo este Contrato por parte de un Afiliado del Cliente con respecto a dicha Orden también será considerado como un evento de incumplimiento por parte del Cliente. Cualquier referencia al Cliente en este Contrato con respecto a cualquier Orden aceptada de un Afiliado del Cliente también será considera como una referencia al Afiliado del Cliente correspondiente.
1.4 Reventa. Menos en la medida de que el Cliente tiene permiso de realizar que los Servicios estén disponibles para su uso por parte de sus Afiliados, el Servicio es solo para uso del Cliente y no puede ser revendido a terceros sin previo permiso por escrito de CT Americas.
1.5 Representante de Cuenta. Al Cliente se le asignará un Representante de Cuenta dedicado de CT Americas.
2. PLAZO
2.1 Plazo del Contrato. Este Contrato entra en vigencia y las obligaciones de las Partes comenzarán a partir de la Fecha Efectiva y, a menos que se cancele de otro modo según los términos de este Contrato, continuarán hasta la fecha mayor de las siguientes: tres (3) años a partir de la Fecha Efectiva de este Contrato o un (1) año a partir del vencimiento del último Plazo de Servicio a continuación.
2.2 Plazo de Servicio. Cada Orden establecerá el Plazo de Servicio Inicial de cualquier Servicio prestado bajo este Contrato. Si no se especifica ningún Plazo de Servicio Inicial en una Orden, el Período de Servicio Inicial será de un (1) año a partir de la Fecha de Activación del Servicio. Al expirar el Período de Servicio Inicial, una Orden se renovará automáticamente por periodos sucesivos de un (1) año de Plazo de Servicio Renovado hasta que una Parte proporcione a la otra Parte un aviso por escrito de terminación de conformidad con la Sección 2.3 a continuación. El Plazo de Servicio Inicial y el Plazo de Servicio Renovado en conjunto se denominarán “Plazo de Servicio”.
2.3 Aviso de Terminación. Cualquier notificación de terminación bajo este Contrato será efectiva sesenta (60) días después de la confirmación de recepción por la otra Parte a menos que se especifique una cantidad diferente de tiempo en otra parte de este Contrato. Una solicitud por parte del Cliente para la terminación de un Servicio al final del Plazo de Servicio o de otro modo debe enviarse por correo electrónico a [email protected] y será efectiva solo después de la confirmación específica de recepción de la solicitud por parte de CT Americas. Si el Cliente no recibe dicha confirmación de CT Americas dentro de las cuarenta y ocho (48) horas, el Cliente debe solicitar al Representante de Cuenta que confirme la recepción de la notificación de terminación del Servicio por el Cliente y tras dicha confirmación de recepción, se aplicará la fecha original de la notificación de terminación del Cliente.
3 PRECIOS Y FACTURACIÓN
3.1 Cargos Mensuales. Los Cargos Recurrentes Mensuales (“MRC”) establecidos en la Orden comenzarán a acumularse a partir de la Fecha de Inicio del Servicio confirmada por la Aceptación del Servicio de conformidad con el Artículo 10 a continuación. El Cliente tiene la obligacion de pagar a CT Americas un cargo único por la instalación si es fijado en la Orden (“Cargo de Instalación”), el cual se facturará según se especifica en la Sección 3.2 a continuación. El Cargo de Instalación no será reembolsable en caso de cancelación o terminación de este Contrato o un Servicio por parte del Cliente.
3.2 Facturas. CT Americas facturará los MRC mensualmente por adelantado. La primera factura se emitirá después de la Aceptación de conformidad con el Artículo 10 a continuación. Si la Fecha de Inicio del Servicio se produce en una fecha distinta del primer día de un mes calendario, la factura inicial de los MRC para ese mes parcial se prorrateará a una cantidad igual a los días restantes de dicho mes multiplicada por una tasa igual a un trigésimo (1/30) del MRC. Además de los MRC prorrateados para el primer mes parcial, la primera factura incluirá los MRC por adelantado para el mes siguiente completo, así como el Cargo de Instalación. Las facturas posteriores de MRC se emitirán mensualmente. CT Americas no puede facturar al Cliente por ningún MRC más de ciento ochenta (180) días después de incurrir dichos MRC.
3.3 Fecha de Vencimiento. El Cliente deberá realizar todos los pagos no disputados en o antes de la fecha que sea (30) días calendarios después de la fecha de la factura (“Fecha de Vencimiento”). Un Cliente revendedor debe cumplir con sus obligaciones de pago independientemente de si el Cliente es pagado puntualmente por sus propios Usuarios Finales.
3.4 Cambios de Precio. Al vencimiento del Plazo de Servicio Inicial, CT Americas tendrá derecho de cambiar los MRC para el Servicio prestado durante cualquier Plazo de Servicio en la Orden despues de un Plazo de Servicioo Plazo de Servicio Renovado siempre que CT Americas dé una notificación previa por escrito de treinta (30) días calendarios de dicho cambio al Cliente. En el caso de que el Cliente notifique a CT Americas en o antes de la terminación de dicho período de treinta (30) días después de la notificación de CT Americas de que el Cliente no está de acuerdo con dichos cambios de precio y entrega a CT Americas una notificación de terminación de acuerdo con la Sección 2.3 de este documento, CT Americas deberá continuar prestando el Servicio hasta la fecha efectiva de dicha terminación al MRC vigente a la fecha de la notificación de cambio de precios por CT Americas.
3.5 Omitido intencionalmente.
3.6 Penas Convencionales por Retrasos de Pago. Además de otros recursos establecidos en este documento, si el Cliente no paga una cantidad no disputado en o antes de la Fecha de Vencimiento, CT Americas puede cobrar intereses sobre el saldo impago desde la Fecha de Vencimiento hasta la fecha de pago a la tasa nominal de 1.0% por mes, compuesto mensualmente, o la tasa más alta permitida por la ley aplicable, lo que sea menor. CT Americas también puede liquidar o compensar las cantidades pagaderas por CT Americas al Cliente bajo este Contrato o de otro modo contra cualquier saldo impago si el Cliente no paga ninguna cantidad, incluyendo los intereses devengados al vencimiento.
3.7 Impuestos y Recargos. Los cargos descritos en las Secciones 3.1 y 3.2 son exclusivos de, y el Cliente asumirá y pagará puntualmente todos los impuestos aplicables incluyendo, entre otros, el consumo, los impuestos al valor agregado u otras ventas, uso, impuestos especiales, privilegios u otros similares nacionales, regionales o locales, impuestos, aranceles o cargos sobre o relacionadas con la prestación, venta o uso de cualquier Servicio pero excluyendo impuestos sobre ingresos, propiedad personal, franquicias corporativas, ganancias de capital (en conjunto, “Impuestos”). Los cargos también excluyen y el Cliente será responsable de cualquier recargo reglamentario que CT Americas deba pagar y se espere que se recupere de los clientes en relación con la prestación, venta o uso de cualquier Servicio, incluidos, entre otros, recargos permanentes o temporales para cumplir con obligaciones gubernamentales o para apoyar un programa de subsidios establecido por el gobierno (en conjunto, “Recargos”). Los Impuestos y Recargos se pasarán al Cliente sin margen y se detallarán en las facturas. Los Recargos pueden mostrarse en las facturas como cargos de recuperación de costos. El Cliente también será responsable de pagar cualquier multa documentada incurrida por CT Americas como resultado de la falta de pago de Impuestos o Recargos no disputados; salvo que el Cliente no será responsable por ninguna multa como resultado de la falta de CT Americas de facturar o remitir oportunamente dichos Impuestos o Recargos, o de notificar oportunamente al Cliente sobre los mismos. El Cliente puede presentar a CT Americas un certificado de exención de impuestos válido y CT Americas lo dará a honrar de manera prospectiva.
3.8 Retención de Impuestos. No obstante cualquier otra cosa contenida en este documento, si se requiere que los Impuestos se envíen directamente a una Autoridad Fiscal, el Cliente tendrá derecho a retener y deducir dichos montos de cualquier pago adeudado a CT Americas bajo este Contrato y deberá pagar oportunamente dicho Impuesto directamente a la Autoridad Fiscal. El Cliente debe pagar a CT Americas los montos adeudados en virtud de este Contrato tal como se establece en la factura aplicable neta de los Impuestos retenidos. A solicitud por escrito de CT Americas, el Cliente deberá entregar a CT Americas la documentación aceptable que acredite el pago y el envío a la Autoridad Fiscal correspondiente de los Impuestos retenidos por el Cliente.
3.9 Cumplimiento con Pagos. Cada Parte será responsable de todos los costos y gastos incluyendo los honorarios de los abogados y los costos judiciales incurridos por la otra Parte en el cumplimiento de la obligación de pago de cualquier monto no disputado en virtud del presente Contrato y el cobro de los montos pendientes adeudados.
3.10 Moneda. Todas las referencias monetarias en este Contrato están denominadas en dólares estadounidenses y todas las transacciones financieras en virtud de este Contrato deben liquidarse en dólares estadounidenses a menos que se especifique lo contrario en una Orden o enmienda a este Contrato. En el caso de que el Cliente solicite facturas en chino Yuan Renminbi, se le solicitará que ejecute un acuerdo de pago por separado con una filial de CT Americas en China. En el caso de que el Cliente solicite que se le facture en una moneda distinta de dólares estadounidenses o el Renminbi del Yuan chino, la cantidad apropiada para la liquidación de una transacción será la cantidad denominada
en este Contrato en dólares estadounidenses convertido a la moneda extranjera respectiva al tipo de cambio a la fecha de la factura.
4 DISPUTAS SOBRE FACTURACION
4.1 Aviso de Disputa. Si el Cliente disputa razonablemente cualquier asunto contenido en cualquier factura, el Cliente puede retener el pago de la parte en disputa pero deberá pagar la parte no disputada de la factura. Se debe proporcionar al Departamento de Finanzas de CT Americas una notificación por escrito con respecto a cualquier disputa sobre una factura y una explicación detallada de las razones para ello en o antes de la Fecha de Vencimiento de la factura en cuestión. La fecha de entrada en vigencia de dicha notificación (“Fecha de Notificación de Disputa”) será la fecha en que CT Americas recibe dicha notificación.
4.2 Limitación de Periodo de Tiempo para Disputar. El Cliente puede disputar cualquier monto que se haya pagado en cualquier factura hasta noventa (90) días a partir de la fecha de la factura en la que apareció el cargo por primera vez.
4.3 Resolución de Disputas sobre Facturas. En el caso de una disputa relacionada con una factura, las Partes investigarán el asunto y se esforzarán por resolver los cargos en disputa dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de la notificación de disputa. Si las Partes llegan a un estancamiento o no pueden resolver informalmente la disputa de buena fe, incluso a través de la escalada de la disputa a los altos ejecutivos de cada Parte, entonces, dentro de los noventa (90) días de la Fecha de la Notificación de Disputa, el problema se resolverá de conformidad con las clausulas de resolución de disputas del Artículo 23 a continuación. Si una disputa de factura se remite a una resolución de disputa según el Artículo 23, CT Americas puede suspender el Servicio en espera de la resolución de la disputa; sin embargo, CT Americas no suspenderá el Servicio si el Cliente paga el monto disputado sujeto a reembolso de acuerdo con el resultado del procedimiento de disputa y según se establece en la Sección 4.4 a continuación.
4.4 Ajustes. Tras la resolución de la disputa, el ajuste (si lo hubiera) se aplicará a una factura posterior dentro de no más de dos (2) ciclos de facturación. Si la disputa se resuelve de modo que una Parte debe pagar dinero a la otra, esa Parte debe pagar intereses sobre el monto que se determina pagadero a partir de la Fecha de Vencimiento original (o fecha de pago, para pagos en exceso) a la tasa nominal de 1.0% mensual o 12% anual, compuesto diariamente, por cada día subsiguiente hasta que se realice el pago.
4.5 Sin Renuncia a los Derechos de Pago. Una solicitud por parte del Cliente para el ajuste de la factura no será motivo para que el Cliente retrase o retenga el pago de cualquier saldo pendiente. Ninguna cláusula en este documento se interpretará como una renuncia de los derechos de CT Americas de recibir pago por Servicios prestados bajo este Contrato o por ley o en equidad para declarar un incumplimiento por parte del Cliente en virtud de este Contrato debido a una mora en pagar cargos no disputados.
5 DECLARACIONES Y GARANTÍAS DE LAS PARTES
5.1 Calificación. Cada una de las Partes es una empresa debidamente constituida y en buen estado legal y fiscal con las leyes del estado en el que está constituida y está calificada para realizar transacciones comerciales en todos los lugares donde la titularidada de sus propiedades o la naturaleza de sus operaciones requiere dicha calificación; y la ejecución, la entrega y el cumplimiento de este Contrato no violan ninguna ley aplicable conocida por dichas Partes ni incumplen ningún otro acuerdo o pacto material al que dicha Parte esté vinculada.
5.2 Autoridad. Cada Parte declara y garantiza a la otra que la ejecución y la entrega de este Contrato y el cumplimiento de sus respectivas obligaciones han sido debidamente autorizadas y que este Contrato es válido y legalmente vinculante para dicha Parte y es ejecutable de acuerdo con sus términos.
5.3 Cumplimiento con Leyes. Cada Parte declara, garantiza y acuerda en cumplir con todas las Leyes aplicables de su negocio y sus obligaciones en virtud del presente Contrato. Cada Parte obtendrá todos los permisos, licencias, certificaciones, aprobaciones reglamentarias y autorizaciones nacionales y extranjeras (en conjunto, “Autorizaciones”) requeridas para que CT Americas pueda brindar los Servicios y, si es necesario, para que el Cliente utilice los Servicios; y, según sea necesario, mantendrá dichas Autorizaciones durante el tiempo que este Contrato esté vigente. Las Partes cooperarán para obtener las Autorizaciones necesarias y cada Parte asegura que seguirá en cumplimiento con sus respectivas Autorizaciones.
5.4 Leyes Antisoborno. Ambas Partes conocen y comprenden los términos de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero, 15 U.S.C. § 78dd-1 et seq., (“FCPA”), las transacciones prohibidas por el mismo y las sanciones por violación de la misma. De conformidad con la FCPA, ninguna de las Partes hará, ofrecerá o aceptará ofrecer algo de valor a ningún funcionario gubernamental, partido político o funcionario del mismo, o candidato gubernamental para obtener, retener o dirigir negocios a cualquier empresa o persona comercial o para obtener una ventaja. Cada Parte declara que entiende los propósitos, prohibiciones y sanciones establecidas en la FCPA y no cometerá a sabiendas ningún acto que pudiera perjudicar a la otra Parte bajo la FCPA. Violaciones de la FCPA no serán sugeridas, alentadas o aceptadas por ninguna de las Partes.
6 RESPONSABILIDADES DEL CLIENTE
6.1 Cooperación con la Instalación. El Cliente, si corresponde, por su propia cuenta y gastos:
(i) proporcionará todos los preparativos necesarios para cumplir con las especificaciones de instalación y mantenimiento comunicadas al Cliente por CT Americas, sus Afiliados o Portadores de Servicios Subyacentes en relación con el Servicio, incluido, entre otros, el trabajo con el (los) propietario (s) de cualquier establecimiento del Cliente arrendado para lograr el acceso u obtener los permisos necesarios para cualquiera de los derechos de paso o servidumbres a las instalaciones y los conductos y el espacio del equipo en las instalaciones según sea necesario para que CT Americas proporcione Servicios a los sitios del Cliente;
(ii) cooperará plenamente en la instalación, la conexión, el mantenimiento, la provisión y la resolución de problemas de los Servicios descritos en la Orden y evitará causar o contribuir a cualquier interrupción del Servicio; y
(iii) será responsable de los costos de reubicación de los servicios una vez instalados.
6.2 Mantenimiento de Equipo. El Cliente, si corresponde, proporcionará el cableado interno, el equipo, el equipo de protección, el espacio, los conductos, la ventilación, el aire acondicionado y la energía eléctrica necesaria para interconectar y mantener las instalaciones utilizadas para proporcionar Servicios a los sitios del Cliente sin cargo ni costo para CT Americas. El espacio, los conductos y la energía se pondrán a disposición de CT Americas, sus Afiliados o Portadores de Servicios Subyacentes de manera oportuna. El cliente será responsable de mantener el espacio del equipo y las instalaciones asociadas, los conductos y los derechos de paso o servidumbres como lugares seguros para trabajar y deberá mantener un seguro de accidentes convencional para protegerlos. El Cliente también será responsable de garantizar que el uso del espacio del equipo y las instalaciones asociadas, conductos y derechos de paso cumplan con todas las Leyes aplicables, así como con los arrendamientos existentes u otros acuerdos contractuales o derechos de terceros.
6.3 Uso Aceptable. El Cliente no permitirá ni ayudará a otros, y tomará todas las medidas razonables para garantizar que sus propios empleados, Usuarios Finales y terceros que accedan a los Servicios a través del Cliente no hagan uso indebido, abusivo o fraudulento de los Servicios o utilicen los Servicios para cualquier ilegalidad o con un propósito no autorizado, y el Cliente cumplirá en todos los aspectos con la Política de Uso Aceptable (“AUP”) de CT Americas publicada en el sitio web de CT Americas en www.ctamericas.com.
6.4 Prevención de Contaminación. En su uso de los Servicios, el Cliente tomará todas las precauciones razonables para evitar la contaminación de los sistemas y las instalaciones de CT Americas, sus Afiliados o sus Portadores de Servicios Subyacentes a través de la difusión de software o hardware, incluida, sin limitación, la contaminación causada por virus informáticos, gusanos, u otro código dañino de programación de computadora.
6.5 El Cliente puede revender y permitir que terceros usen el Servicio sujeto a las siguientes condiciones: (a) ninguna reventa o uso de terceros reducirá o modificará las obligaciones del Cliente en virtud de este Contrato; (b) el uso del Servicio por parte de terceros debe cumplir con este Contrato y todas las leyes aplicables; y (c) el Cliente debe poseer o mantener todas las licencias, permisos y otros requisitos que puedan ser aplicables a dicha reventa o uso de terceros. Para evitar dudas, el Cliente será totalmente responsable de sus propios Usuarios Finales y CT Americas no tendrá ninguna responsabilidad ni responsabilidad frente a dichos Usuarios Finales de ningún tipo.
7 EQUIPOS Y SOFTWARE
7.1 Equipo. El Cliente será responsable de cualquier y todo daño al equipo o propiedad de CT Americas, sus Afiliados o Portadores de Servicios Subyacentes y ubicado en las instalaciones del Cliente, excluyendo el desgaste razonable y cualquier daño causado por CT Americas, sus Afiliados o Portadores de Servicios Subyacentes. Al vencimiento o terminación de una Orden, el Cliente entregará a CT Americas libre de cualquier gravmen cualquier equipo o propiedad de este tipo.
7.2 Unidad de Terminación de Red. CT Americas, sus Afiliados u Operadores Subyacentes pueden ser obligados a proporcionar una Unidad de Terminación de la Red (“NTU”) en las instalaciones del Cliente. La NTU permanecerá en todo momento como propiedad única y exclusiva de CT Americas, sus Afiliados o Portadores de Servicios Subyacentes según sea el caso, y el Cliente no tendrá intereses ni derechos en ella excepto la posesión silenciosa y los derechos para usar la NTU en conexión con el servicio. Si cualquier NTU es dañada o eliminada por el Cliente, el Cliente será responsable ante CT Americas y CT Americas le facturará al Cliente el costo de reemplazo de la NTU.
8 ASUNTOS OPERATIVOS Y COMERCIALES
8.1 Acceso a las instalaciones del Cliente. El Cliente deberá – con previa notificación razonable de CT Americas y sujeto al cumplimiento de la seguridad del Cliente y otros procedimientos, según se proporciona a CT Americas – otorgar a los agentes y empleados de CT Americas una entrada y acceso razonables a las instalaciones en las que se prestarán los Servicios para instalar, inspeccionar, reparar o eliminar las instalaciones y/o equipos de CT Americas, o para realizar las inspecciones o el mantenimiento necesario en los casos en que los equipos o instalaciones proporcionados por el Cliente interrumpan la prestación de los Servicios.
8.2 Normas técnicas. Las normas técnicas y los métodos de operación que deben aplicar las Partes para la implementación y prestación de los Servicios deben cumplir con las cláusulas pertinentes de las Leyes pertinentes aplicables a los Servicios en la(s) jurisdicción (es) en las que se prestan, así como las Normas Internacionales de la Unión de Telecomunicaciones, las recomendaciones del Sector de Normalización de las Telecomunicaciones y los estándares del Grupo de Trabajo de Ingeniería de Internet según pueden ser modificados de vez en cuando.
9 ENLACES LOCALES
9.1 Enlaces Locales Escogidos por CT Americas. Si una Orden requiere que CT Americas ordene y administre uno o más enlaces locales para interconectar la red y el equipo del Cliente con los Servicios, CT Americas se reserva el derecho de contratar enlaces locales del Proveedor de Enlaces Locales de su elección; siempre y cuando que CT Americas se coordine con el Cliente para garantizar que se cumplan los objetivos de diversidad de rutas del Cliente. CT Americas puede, a su razonable discreción, cambiar de dicho Proveedor de Enlaces Locales por razones de calidad del Servicio u otros problemas con al menos sesenta (60) días de notificación por escrito al Cliente. El Cliente también puede, a su razonable discreción, solicitar un cambio de dicho Proveedor de Enlaces Locales seleccionado por CT Americas por problemas de calidad del Servicio. Los cambios de los Proveedores de Enlaces Locales seleccionados por CT Americas o acordados por CT Americas para fines de calidad del servicio estarán a cargo y costo exclusivo de CT Americas.
9.2 Enlace Local Escogido por el Cliente. Si el Cliente no indica en la Orden que desea que CT Americas proporcione (o, cuando sea necesario, contrata y administre) un Enlace Local en su nombre, entonces el Cliente será el único responsable de contratar y administrar ese Enlace Local. El Cliente puede solicitar a CT Americas que se interconecte con un Proveedor de Enlace Local seleccionado por el Cliente; sin embargo, en este caso CT Americas no será responsable de los retrasos en la Fecha de Inicio del Servicio causados por el hecho de que el Cliente no realizó un pedido oportuno para un enlace local, ni de los retrasos en la entrega del enlace local causados por el Proveedor del Enlace Local del Cliente.
9.3 Cambios de Proveedor del Enlace Local del Cliente. El Cliente puede solicitar un cambio en un Proveedor de Enlaces Locales que haya seleccionado con al menos sesenta (60) días de notificación por escrito a CT Americas. Si CT Americas acepta la solicitud del Cliente, el Cliente deberá enviar una nueva Orden. Los cambios solicitados por el Cliente a un Proveedor de Enlaces Locales seleccionado por el Cliente serán por cuenta y costo exclusivo del Cliente incluidos todos los costos o multas en que incurra CT Americas debido a la terminación anticipada del Proveedor del Enlace Local original.
9.4 Cargos de Enlace Local. Los cargos de Enlace Local pueden incluirse en los MRC de CT Americas (sin recargo) en cuyo caso los cargos de Enlace Local comenzarán a acumularse a partir de la Fecha de Inicio del Servicio confirmada después de la Aceptación por el Cliente según se especifica en el Artículo 10 del presente documento. Si los cargos del Enlace Local no están incluidos en el precio total del Servicio sino separadas en la factura, CT Americas deberá facturar los cargos del Enlace Local mensualmente y por adelantado, y los cargos iniciales del Enlace Local comenzarán a acumularse en la fecha en que se incurran en nombre del Cliente. Sin embargo, CT Americas realizará esfuerzos comercialmente razonables para lograr que el inicio de los cargos del Enlace Local coincida lo más posible con la Fecha de Inicio del Servicio y el inicio de los MRC de CT Americas. Si la Fecha de Inicio del Servicio se produce en una fecha que no sea el primer día de un mes calendario, el monto de los cargos del Enlace Local que aparece en la factura inicial se reducirá a un monto equivalente a los días restantes de dicho mes después de la Fecha de Inicio del Servicio (incluida la Fecha de Inicio del Servicio), multiplicada por un cargo igual a un treinta (1/30) de los cargos del Enlace Local. Si la Fecha de Inicio del Servicio se retrasa bajo circunstancias que impiden evitar los cargos del Enlace Local, la Parte que causa dicha demora será responsable de todos los cargos de Enlace Local incurridos antes de la Fecha de Inicio del Servicio actual.
9.5 Cargos de Terminación de Enlace Local. El Cliente será responsable de todos los cargos de terminación en que incurra CT Americas debido a cualquier cancelación de un Enlace Local a menos que CT Americas inicie dicha cancelación de conformidad con la Sección 9.1 o sea debido a la negligencia grave o mala conducta intencional de CT Americas.
10 ACEPTACIÓN Y PRUEBAS
Una vez que CT Americas considere que el Servicio está listo y disponible para su uso, CT Americas proporcionará al Cliente un aviso por escrito de que el Servicio esta listo (o “Aviso de RFS”). El Cliente tendrá un período de cuarenta y ocho (48) horas (el “Período de Prueba”) a partir de la fecha de dicha notificación para probar el Servicio a expensas del Cliente. Antes de que finalice el Período de Prueba, el Cliente notificará a CT Americas por escrito si considera que el Servicio no cumple con las especificaciones técnicas aplicables establecidas por la Unión Internacional de Telecomunicaciones y que se establecen en el Contrato de Nivel de Servicio y Orden. Se considerará que la aceptación es efectiva en la fecha en que se produce el primero de los siguientes eventos: (i) el Cliente acepta el Servicio por escrito; (ii) el Cliente comienza a utilizar el Servicio (mas alla de pruebas); o (iii) el Período de Prueba finaliza sin que CT Americas reciba una notificación por escrito del Cliente. La Fecha de Inicio del Servicio será la fecha del Aviso de RFS inmediatamente anterior a la Aceptación. Si el Cliente envía un aviso de incumplimiento material dentro del Período de Prueba, CT Americas deberá tomar inmediatamente las medidas razonables que sean necesarias para corregir dicho incumplimiento en los Servicios y enviará al Cliente un nuevo Aviso de RFS y el proceso del Período de Prueba y la Aceptación establecidos en este Artículo 10 se repetirá. Una vez que el Cliente acepte el Servicio, CT Americas le proporcionará un Aviso de Activación del Servicio.
11 SEGURIDAD DE DATOS Y SERVICIOS
11.1 Internet. CT Americas no opera ni controla la información, servicios, opiniones u otro contenido de Internet. El Cliente acuerda que no hará ninguna reclamación contra CT Americas relacionada con el contenido de Internet o que respete cualquier información, producto, servicio o software solicitado o proporcionado en virtud de Internet.
11.2 Información personal. Además de la administración del Servicio de acuerdo con este Contrato, CT Americas no recopila ni requiere ni tiene acceso a ninguna información de identificación personal de ningún Cliente o personal del Usuario Final (“Información Personal”), e insta al Cliente a que utilice esfuerzos comerciales razonables para evitar la divulgación o transmisión no autorizada de dicha Información personal a cualquier personal de CT Americas en relación con los Servicios obtenidos en virtud de este Contrato. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que el Cliente proporcione voluntariamente dicha información a CT Americas, CT Americas utilizará medidas comercialmente razonables compatibles con las mejores prácticas de la industria y las Leyes aplicables para proteger dicha Información Personal obtenida según este Contrato para prevenir acceso no autorizado, la destrucción, el uso, la modificación o la revelación de Informacion Personal.
11.3 Datos del Cliente. Entre las Partes el Cliente conserva todos los derechos, títulos e intereses en cualquier Información Personal u otro tipo de tráfico, texto, fotos, video u otro contenido de datos que se transmita a través de los Servicios o que se entregue a CT Americas para su almacenamiento o procesamiento o en nombre del Cliente o sus Usuarios Finales (en conjunto, “Datos del Cliente”). CT Americas no adquiere ningún derecho sobre los Datos del Cliente (incluidos todos los derechos de propiedad intelectual en ellos), excepto el derecho limitado, no exclusivo y no transferible, de alojar y almacenar Datos del Cliente en los sistemas de CT Americas, incluso, en la medida necesaria, el derecho de reproducir los Datos del Cliente en los sistemas de CT Americas únicamente con el propósito de proporcionar Servicio al Cliente de conformidad con este Contrato. Todos los demás derechos están reservados por el Cliente y no se otorgan derechos adicionales por implicación, impedimento o de otra manera. CT Americas acepta que, directa o indirectamente, no realizará ingeniería inversa, descompilará, desensamblará ni intentará obtener el código fuente u otros secretos comerciales de los Datos del Cliente proporcionados a CT Americas a menos que la ley lo permita o requiere expresamente. CT Americas no participará en la inspección profunda de paquetes ni en el uso de otros medios para extraer los Datos del Cliente de los paquetes a menos que así lo exija una autoridad legal o ente regulatorio. EXCEPTO EN LA MEDIDA QUE REQUIERE LA LEY O LA SOLICITUD DEL GOBIERNO, CT AMERICAS NO MONITOREA Y RECHAZA TODA RESPONSABILIDAD Y RESPONSABILIDAD SOBRE LOS DATOS DE CLIENTES TRANSMITIDOS A TRAVÉS DE UN SERVICIO APLICABLE Y RENUNCIA A LA RESPONSABILIDAD POR USO NO AUTORIZADO O MAL USO DE CUALQUIER SERVICIO APLICABLE.
11.4 CPNI. CT Americas protegerá la confidencialidad de la información de la red de propiedad del cliente (“CPNI”) según lo requerido en los Estados Unidos de America por 47 C.F.R. §§64.2005-10, si corresponde, y por los requisitos similares de cualquier jurisdicción en la que CT Americas o un filial presta los Servicios. CT Americas no utilizará CPNI para ningún otro propósito que no sea comercializar servicios similares al Cliente. El Cliente cumplirá con todas las regulaciones de CPNI aplicables con respecto a sus Usuarios Finales.
11.5 Responsabilidades de Seguridad de CT Americas. CT Americas realizará esfuerzos comercialmente razonables para prevenir, responder y, de otro modo, abordar las amenazas a la Red de CT Americas incluyendo, entre otros, el acceso no autorizado o el uso de los equipos de red de CT Americas para proteger los aparatos y equipos utilizados para prestar los Servicios sin acceso no autorizado, intercepción, uso o manipulación. CT Americas no intentará, ni autorizará a ningún tercero a eludir o anular cualquier encriptación u otras medidas de seguridad que el Cliente elija implementar con respecto a Datos del Cliente a menos que la Ley aplicable lo exija. Excepto por lo expresado anteriormente en esta Sección 11.5, CT Americas presta y se hace responsable de solo la capa de transporte del Servicio. Además de la capa de transporte, CT Americas no asume ninguna obligación y no es responsable de la seguridad de los servicios o conexiones de telecomunicaciones del Cliente o de sus Usuarios Finales ni de la seguridad o integridad de los Datos del Cliente.
11.6 Responsabilidades de Seguridad del Cliente. El Cliente protegerá la privacidad y los derechos legales de sus Usuarios Finales bajo todas las Leyes aplicables. El Cliente debe tener la capacidad de acceder, monitorear, usar y divulgar los Datos del Cliente según lo requiera la Ley. El Cliente obtendrá y mantendrá los consentimientos requeridos de los Usuarios Finales para permitir el acceso, monitoreo, uso y divulgación de los Datos del Cliente. El Cliente acuerda mantener durante todo el plazo de vigencia de este Contrato, las medidas físicas, técnicas y organizativas adecuadas, los controles internos y las rutinas de seguridad de datos coherentes con las mejores prácticas de la industria que pretenden proteger los Datos del Cliente contra pérdidas o cambios accidentales, revelaciones o accesos no autorizados, accidentes accidentales o destrucción ilegal, otras formas ilegales de procesamiento y cualquier violación a la seguridad de la información.
11.7 Aprobación a la Transferencia de Datos. Los Datos del Cliente permanecerán en la región geográfica designada por el Cliente en la Orden; sin embargo, durante la implementación de los Servicios y administracion de los mismos bajo este Contrato, puede ser necesario que CT Americas transfiera, procese y almacene datos agregados de facturación y utilización y otros datos necesarios para operar la red de CT Americas y para el cumplimiento de sus obligaciones bajo este Contrato (“Datos de Uso”). La transferencia, el procesamiento y el almacenamiento de dichos Datos de Uso pueden ser hacia o desde los EE.UU. El Cliente aprueba por el presente Contrato la transferencia, el procesamiento, el almacenamiento y el uso por CT Americas de los Datos de Uso agregados que sean necesarios para prestar el Servicio de conformidad con este Contrato y según lo permita la Ley. Los Datos de Uso no se revelarán a terceros salvo que así lo exija la Ley. CT Americas no utilizará los Datos del Cliente o los Datos de Uso ni derivará información de ellos para ningún otro fin que no sea el de prestar los Servicios para el beneficio del Cliente, incluyendo sin limitación, publicidad u otros fines comerciales. En la medida en que lo exija la Ley aplicable, el Cliente obtendrá la aprobación necesaria de sus Usuarios Finales cuya Información Personal u otra información se transfiera según este Contrato.
12 TEMAS DE SERVICIO, EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS Y RECURSOS UNICOS
12.1 Acuerdo de Niveles de Servicio. La prestación del Servicio puede estar sujeta a un Acuerdo de Niveles de Servicio. Cada Acuerdo de Niveles de Servicio establece las asignaciones de crédito aplicables para ese Servicio. No obstante lo anterior, CT Americas no otorga créditos para la interrupción del Servicio o problemas de Servicio en un cable submarino internacional sin protección. Para los fines de este Contrato, un cable submarino internacional “desprotegido” es uno por el cual el Cliente no pago un cargo adicional para reservar una línea redundante dedicada para ser utilizada en caso de una interrupción del Servicio en el cable. El Cliente reconoce que el servicio a través de cables protegidos puede estar disponible si el Cliente asi lo solicita de CT Americas.
12.2 Problemas de Enlace Local. En caso de interrupciones u otros problemas con un Enlace Local, el Cliente deberá notificar al punto de contacto técnico designado de CT Americas por teléfono, fax y/o correo electrónico. A menos que se disponga al contrario en un Acuerdo de Niveles de Servicio pertinente, la única obligación de CT Americas con respecto a dichas interrupciones será utilizar sus esfuerzos comercialmente razonables para facilitar que el Proveedor de Enlaces Locales solucione rápidamente dichos problemas. CT Americas también obtendrá y pasará directamente al Cliente todos los créditos de servicio que debe el Proveedor de Enlaces Locales por interrupciones en dicho Enlace Local.
12.3 Indisponibilidad Crónica.
(i) Derecho de Rescisión. Sin perjuicio de lo establecido en este documento en sentido contrario y sujeto a las exclusiones establecidas en el párrafo inmediatamente posterior, el Cliente tendrá el derecho de terminar el Servicio afectado y Enlace Local asociado sin penalidad o responsabilidad alguna si sucede: (a) tres (3) períodos de ocho (8) horas o más de interrupción (es decir, indisponibilidad total de la red) en cualquier período de sesenta (60) días en un circuito particular en una Orden, o (b) en cualquier período único de interrupción en un mes calendario de cuarenta y ocho (48) horas o más (“Indisponibilidad Crónica”); sin embargo, el Cliente deberá ejercer su derecho de rescindir el Servicio de acuerdo con los términos de este Contrato dentro de los quince (15) Días Hábiles del día en que dicho derecho sea efectivo. En el caso de dicha terminación, CT Americas reembolsará al Cliente cualquier MRC de servicio prepagado y no utilizado.
(ii) Exclusiones. Los períodos de interrupción o problemas de servicio que surjan de las siguientes circunstancias no se contabilizarán para los fines de la cláusula anterior:
(a) Degradación del Servicio debido a factores tales como transmisión lenta o latencia alta o períodos de indisponibilidad de la red que duran menos de sesenta (60) segundos de duración.
(b) Las interrupciones del Servicio atribuidas en su totalidad o en parte a los equipos del Cliente (sean o no de propiedad del Cliente) o con respecto al Servicio “POP a POP” a las instalaciones de acceso local contratadas directamente por el Cliente;
(c) Las interrupciones del servicio que se atribuyen total o parcialmente a cualquier incumplimiento de este Contrato por parte del Cliente o cualquier acto u omisión del Cliente o de un tercero no afiliado a CT Americas, excluyendo a los agentes, contratistas o proveedores de CT Americas que prestan servicios al Cliente bajo este Contrato;
(d) Interrupciones atribuibles al mantenimiento programado regularmente notificado al Cliente de acuerdo con el SLA aplicable;
(e) Eventos de fuerza mayor como se describe en la Sección 14 de este Contrato; y
(f) Interrupciones atribuibles a los circuitos de línea privada prestados con la aprobacion del Cliente por parte de proveedores terceros en ubicaciones donde CT Americas no tiene una red.
12.4 Propiedad Intelectual. CT Americas garantiza que, según su conocimiento, los Servicios no infringen ninguna patente, derecho de autor, marca registrada, marca de servicio, secreto comercial u otro derecho de propiedad intelectual de terceros (“Derecho de PI”). Si CT Americas cree razonablemente que una reclamación de infracción de cualquier Derecho de PI puede impedir el uso de un Servicio por parte del Cliente, CT Americas puede: (i) obtener para el Cliente el derecho a continuar usando el Servicio de conformidad con este Contrato; (ii) modificar el Servicio para que no infrinja y cumpla con este Contrato; o (iii) reemplazar el Servicio con un Servicio alternativo que no infrinja una funcionalidad equivalente. Si ninguna de las opciones anteriores (i) – (iii) son razonablemente posibles bajo estas circunstancias, CT Americas notificará al Cliente, y el Cliente podrá rescindir los Servicios afectados (o el Contrato en su totalidad, si dicha reclamación afectaría sustancialmente el Contrato en su totalidad) y el Cliente recibirá un reembolso de los MRC prepagos por los Servicios no entregados dentro de los treinta (30) días de la fecha de terminación.
12.5 Exclusión de Garantías. A MENOS QUE SE ESTIPULA EXPRESAMENTE AL CONTRARIO EN ESTE ARTÍCULO 12 Y EN CUALQUIER ACUERDO DE NIVELES DE SERVICIO PERTINENTE, LOS SERVICIOS SE PRESTAN SOBRE UNA BASE “TAL CUAL” Y “SEGUN DISPONIBLES” Y CT AMERICAS NO OFRECE MÁS GARANTÍAS DE QUE LOS SERVICIOS CUMPLIRÁN CON EL REQUISITO DEL CLIENTE O QUE EL SERVICIO SERÁ ININTERRUMPIDO, A TIEMPO, SEGURO O LIBRE DE ERRORES. CT AMERICAS EXCLUYE EXPRESAMENTE TODAS LAS OTRAS GARANTÍAS YA SEAN EXPRESAS O IMPLÍCITAS, INCLUIDAS, PERO NO ESTÁN LIMITADAS A LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD Y ADECUACIÓN PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR O NO VIOLACION DE UN DERECHO DE PI.
12.6 Exclusión de Soluciones Relacionadas con Problemas de Rendimiento del Servicio. A MENOS QUE SE ESTIPULA DE OTRA MANERA EN ESTE ARTÍCULO 12 Y EN CUALQUIER ACUERDO DE NIVELES DE SERVICIO PERTINENTE, CT AMERICAS NO TENDRÁ RESPONSABILIDAD ANTE EL CLIENTE, NI SUS AFILIADOS O USUARIOS FINALES, YA SEA POR CONTRATO O DANOS Y PERJUICIOS (INCLUYENDO NEGLIGENCIA) O DE OTRA MANERA POR CUALQUIER COSTO O DAÑOS, INCLUYENDO PERO NO LIMITADO AL COSTO DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS ALTERNATIVOS DE SUSTITUCIÓN, RESULTADOS DE CUALQUIER DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO O PROBLEMAS DE DESEMPEÑO DEL SERVICIO.
13 DERECHOS DE SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN; TERMINACION DE PAGO
13.1 Suspensión por CT Américas. CT Americas puede suspender el Servicio sin perjuicio de sus otros derechos legales o de equidad: (i) en caso de que el Cliente esté en Incumplimiento y no haya resuelto dicho Incumplimiento dentro de los diez (10) días posteriores a la recepción de un aviso por escrito de CT Americas; (ii) por cualquier uso indebido del Servicio o mala conducta con respecto al Servicio por parte del Cliente o sus empleados, agentes o Usuarios Finales que crea, a criterio exclusivo de CT Americas, un riesgo inminente de daños materiales a la red o instalaciones de CT Americas u a otra propiedad o violación de cualquier Ley aplicable; o (iii) a solicitud de una autoridad gubernamental. En la medida permitida por la ley, CT Americas deberá proporcionar al Cliente un aviso de dicha suspensión por adelantado o tan pronto como sea razonablemente posible, identificando el motivo de la misma. Cualquier suspensión del Servicio será lo más limitada posible en cuanto a alcance y duración de acuerdo con las necesidades de CT Americas para proteger su red, instalaciones y propiedad. Menos en el caso de suspensión a solicitud de una autoridad gubernamental, el Cliente continuará pagando todos los MRC durante el período de suspensión. El Servicio se restaurará de inmediato tan pronto como CT Americas determine, a su exclusivo criterio, que el incumplimiento se ha solucionado. El Cliente también será responsable por cualquier cargo de reconexión actual incurrido por CT Americas hasta el monto de un MRC mensual.
13.2 Terminación por CT Americas. CT Americas puede rescindir un Servicio: (i) mediante notificación por escrito si alguna de las causas de la suspensión de dicho Servicio en virtud de la Sección 13.1 continúa sin curar después de sesenta (60) días; o (ii) inmediatamente sin notificación previa solicitud de una autoridad gubernamental; sin embargo, salvo que CT Americas proporcione al Cliente un aviso por escrito e información con respecto a la razón de dicha terminación tan pronto como sea posible en las circunstancias y antes de la terminación si es posible. CT Americas puede rescindir este Contrato si las causas de la terminación en virtud de los incisos (i) o (ii) de este párrafo afectan a todos los Servicios proporcionados en virtud de este Contrato.
13.3 Terminación por cualquiera de las Partes por Incumplimiento o Insolvencia. Excepto por un incumplimiento por parte del Cliente que resulte en una suspensión por CT Americas que se rige por las Secciones 13.1 y 13.2 anteriores, cualquiera de las Partes puede rescindir este Contrato: (i) con un aviso por escrito de treinta (30) días previos en el caso de un incumplimiento por la otra Parte y tal incumplimiento no se ha curado dentro de ese período de treinta (30) días; o (ii) inmediatamente después de la notificación por escrito: (a) en el caso de cualquier evidencia de la insolvencia potencial, inminente o real de la otra Parte o la insolvencia, disolución o cese de las operaciones comerciales de esa Parte; (b) en la medida permitida por la Ley si la otra Parte presenta una petición de quiebra o si una petición de quiebra se presenta en su contra; (c) si la otra Parte hace una cesion para el beneficio de cualquiera de sus acreedores o acuerdos similares de conformidad con cualquier ley de bancarrota o ley similar de una jurisdicción aplicable; o si un Evento de Fuerza Mayor ha impedido el rendimiento durante al menos treinta (30) días consecutivos.
13.4 Pago de Terminación. En el caso de la rescisión de este Contrato o de cualquier Servicio posterior a la Fecha de Inicio del Servicio: (i) por parte del Cliente por cualquier motivo que no sea la Sección 12.3 para la interrupción crónica, la Sección 12.4 para infracción de Derechos de PI, la Sección 13.3 (i) por Incumplimento del Cliente; o el Artículo 14 por fuerza mayor; o (ii) por CT Americas bajo las Secciones 13.2 (i) o 13.3 (i) por incumplimiento del Cliente; sin embargo, el Cliente seguirá siendo responsable de pagar a CT Americas una cantidad igual a los MRCs en la Orden por el resto del plazo de ese Servicio (“Pago de Terminación”) más cualquier cargo de un tercero que aún no esté cubierto por el Pago de Terminación. El Cliente acepta que los daños de CT Americas serán difíciles de determinar si se produce la terminación y que el Pago de Terminación establece daños liquidados y no es una multa.
13.5 Se omite intencionalmente.
13.6 Cargo por Cancelación. Si el Cliente cancela un Servicio antes de la Fecha de Inicio del Servicio por cualquier motivo que no sea una demora en la Fecha de Inicio del Servicio de más de noventa (90) días causado por CT Americas el Cliente pagará a CT Americas una cantidad igual a (a) los MRC por un (1) mes, más (b) los cargos agregados, pagaderos a los Afiliados o Portadores de Servicios Subyacentes, si los hay, por los cuales CT Americas es o se hace responsable contractualmente en relación con cualquier cancelación (“Cargo por Cancelación”) .
14 FUERZA MAJEURE
14.1 Evento de Fuerza Mayor. Ninguna de las Partes será responsable por demoras, fallas en el desempeño, omisiones, daños, pérdidas o destrucción, o mal funcionamiento de cualquier equipo o cualquier consecuencia del mismo ocasionada o debida a cualquier Evento de Fuerza Mayor.
14.2 Consecuencias. Una Parte retrasada o impedida de realizar debido a un Evento de Fuerza Mayor deberá notificar a la otra Parte por escrito lo antes posible después de que dicha causa se conozca de su reclamación por cualquier extensión de tiempo para su desempeño junto con una declaración en la que fundamenta su pretensión de fuerza mayor. La obligación del Cliente de pagar por los Servicios proporcionados antes de la fecha de un Evento de Fuerza Mayor no será excusada excepto en la medida en que dicho Evento de Fuerza Mayor haya privado al Cliente de cualquier medio razonable para entregar el pago oportuno a CT Americas. El Cliente no será responsable de los MRC por los Servicios que no se entreguen como resultado de un Evento de Fuerza Mayor. La Parte afectada quedará eximida del desempeño durante el tiempo que prevalezcan tales circunstancias y dicha Parte continúe utilizando esfuerzos comercialmente razonables para reanudar el desempeño en la medida de lo posible sin demora.
14.3 Terminación. Si un Evento de Fuerza Mayor continúa por un período de treinta (30) días consecutivos, cualquiera de las Partes puede rescindir este Contrato sin obligacion de pagar el Pago de Terminación descrita en Seccion 13.4 u otra responsabilidad mediante notificación por escrito a la otra Parte.
15 LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
15.1 Exclusión de Daños Consecuenciales. EN NINGÚN CASO NINGUNA PARTE SERÁ RESPONSABLE POR DAÑOS ESPECIALES, INDIRECTOS, INCIDENTALES, CONSECUENTES O EJEMPLARES TALES COMO, SIN LIMITACIÓN, PÉRDIDA DE INGRESOS, GANANCIAS, CLIENTES, O OPORTUNIDADES DE NEGOCIOS, O BUENA VOLUNTAD, SURGIENDO DE O EN CONEXION CON CON ESTE CONTRATO SIN IMPORTAR O NO SI DICHA PARTE RECIBIO AVISO O NO O SI DICHA PARTE DEBERIA HABER CONOCIDO LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS.
15.2 Legislación. LOS TÉRMINOS Y LAS CONDICIONES EN ESTE CONTRATO QUE EXCLUYEN O LIMITAN CUALQUIER RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES SE APLICAN EN LA MEDIDA QUE ESTÁ PERMITIDA POR LEY. LOS ARTICULOS DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE PUEDEN IMPLICAR GARANTÍAS O CONDICIONES O IMPLICAR OBLIGACIONES SOBRE UNA PARTE QUE NO SE PUEDE EXCLUIR, RESTRINGIR O MODIFICAR O QUE NO SE PUEDE EXCLUIR, RESTRINGIR O MODIFICAR DE FORMA LIMITADA. ESTE CONTRATO SE DEBE LEER Y CONSTRUIR SUJETO A CUALQUIER LEGISLACIÓN. SI CUALQUIER LEGISLACIÓN SE APLICA, ENTONCES EN LA MEDIDAD EN QUE UNA PARTE TIENE DERECHO DE REALIZARLO, LA RESPONSABILIDAD DE DICHA PARTE BAJO ESA LEGISLACIÓN SE LIMITARÁ A OPCIÓN DE LA PARTE RELEVANTE AL:
(i) re-suministro de los Servicios;
(ii) el pago del costo de la prestación de los Servicios nuevamente; o
(iii) Cualquier otra solucion prescrito por cualquier ley pertinente.
15.3 Limitación de responsabilidad. Excepto por los Reclamos de indemnización en virtud del Artículo 16 o las infracciones de confidencialidad en virtud del Artículo 19, la responsabilidad máxima de cualquiera de las Partes se limitará a los pagos totales del Cliente a CT Americas en un período de seis (6) meses que precede al evento del cual la responsabilidad surgió siempre que esta limitación de responsabilidad no se aplique a los cargos y pagos por el Servicio, multas o cargos de terminación debidos por el Cliente por los Servicios prestados por CT Americas.
16 INDEMNIZACIÓN
16.1 Indemnización del Cliente. El Cliente deberá indemnizar y eximir de responsabilidad a CT Americas, sus Afiliados, accionistas, funcionarios, directores, agentes y empleados contra cualquier reclamo, acción o procedimiento de terceros, incluidos, entre otros, los reclamos de las autoridades gubernamentales que buscan imponer sanciones (“Reclamos”) por daños, pérdidas, reclamaciones, costos y gastos (incluidos los costos legales razonables y los honorarios de abogados) (“Pérdidas”) que surjan de o estén relacionados con (i) cualquier incumplimiento o negligencia del Cliente o sus empleados, agentes o Usuarios Finales en el desempeño de sus responsabilidades según el Artículo 6, arriba, y (ii) cualquier Información del Cliente publicada o distribuida por el Cliente o por cualquier otra persona desde o en relación con el uso del Servicio.
16.2 Indemnización de CT Americas. CT Americas indemnizará y defenderá al Cliente, sus Afiliados y sus respectivos empleados, directores, funcionarios, accionistas, representantes y agentes contra cualquier y todos los Reclamos por Pérdidas que surjan de o están relacionadas con una alegación de que el uso autorizado de un Servicio por parte del Cliente infringe cualquier Derecho de PI. Si una reclamación por la cual CT Americas puede tener una obligación de indemnización en virtud del presente Contrato es o puede ser hecha, CT Americas puede, a su opción y costo, implementar cualquier solucion establecido en la Sección 12.4 arriba. La obligación de indemnización anterior no se aplicará a CT Americas en la medida en que cualquier infracción resulte de (i) cualquier componente o producto de fuente abierta o de terceros no proporcionado por CT Americas; (ii) cualquier uso de los Servicios que no esté de acuerdo con este Contrato; (iii) cualquier uso de los Servicios en combinación con otros materiales, servicios, software o hardware no suministrados por CT Americas si la supuesta infracción no hubiera ocurrido si no fuera por dicha combinación; y (iv) cualquier modificación de los Servicios no realizada por CT Americas si la supuesta infracción no hubiera ocurrido si no fuera por dicha modificación.
16.3 Indemnizaciones Mutuas. Cada Parte (“Parte Indemnizadora”) defenderá, indemnizará y eximirá de daños a la otra Parte y a sus afiliadas, accionistas, funcionarios, directores y empleados (cada una de ellas como “Parte Indemnizada”) contra y de cualquiera y todas las Pérdidas relacionadas con daños a bienes materiales o lesiones corporales o muerte injusta derivadas de o relacionadas con la negligencia o mala conducta intencional de la respectiva Parte Indemnizadora, sus Afiliados, empleados, agentes, contratistas o Usuarios Finales en relación con este Contrato o la prestación de los Servicios.
16.4 Procedimiento. El derecho de una Parte a la indemnización en virtud del presente Contrato está condicionado a: (i) dar a la Parte Indemnizante un aviso puntual sobre cualquier Reclamo, y (ii) cooperar plenamente con la Parte Indemnizadora en la defensa, liquidación u otra disposición de dicho Reclamo. La Parte Indemnizadora tendrá derecho a controlar la defensa de cualquiera o todos los Reclamos a los que se aplique una indemnización; sin embargo, la Parte Indemnizadora no tendrá derecho a resolver cualquier Reclamo sin el consentimiento previo por escrito de la Parte Indemnizada, y dicho consentimiento no será retenido o demorado injustificadamente. La Parte Indemnizada tendrá el derecho pero no la obligación de unirse en la defensa de tales Reclamos y ser representada por su propio abogado a su propio cargo, honorarios y gastos. La obligación de cada Parte de defender es independiente de su obligación de indemnizar en virtud del presente Contrato. Los respectivos derechos de defensa de las Partes y el pago de sentencias o acuerdos conforme a esta Sección sustituyen a cualquier ley común o derechos legales de indemnización o derechos análogos y cada Parte renuncia a tales derechos de ley común.
17 EVENTOS REGULATORIOS Y REGLAMENTOS
El desempeño de las Partes en virtud del presente Contrato está sujeto a todas las Leyes presentes y futuras aplicables. En el caso de que la implementación de este Contrato, o cualquiera de sus cláusulas se encuentre en contra de o en conflicto con cualquiera de dichas Leyes, el Contrato o dichas disposiciones se considerarán modificados en la medida necesaria para cumplir con cualquier Ley de este tipo y se modificará de manera que sea consistente con la forma, la intención y el propósito de este Contrato.
18 RELACIÓN DE LAS PARTES
Las Partes son Contratistas Independientes. Ninguna de las Partes está autorizada para actuar como agente por o representante legal de la otra Parte y ninguna de las Partes tendrá la autoridad para asumir o crear ninguna obligación a nombre de, en beneficio de, o vinculante para la otra Parte. Ninguna cláusula de este Contrato se considerará como constituyendo a las Partes como si fueran una empresa conjunta, sociedad o agencia entre las Partes o para fusionar los activos, pasivos y compromisos de las Partes.
19 CONFIDENCIALIDAD
19.1 Definición. “Información Confidencial” significa este Contrato y otra información de cualquier tipo y forma que esté razonablemente relacionada con el Contrato y los Servicios que la Parte receptora (“Recipiente”) conoce o tiene motivos para saber si es información confidencial, de propiedad o de secreto comercial de la otra Parte. (“Divulgador”) ya sea (i) porque la información, si está escrita, está marcada o se identifica de otra manera como confidencial o de propiedad exclusiva en el momento de la divulgación o inmediatamente después de la divulgación, o si se entrega oralmente, se acompaña de un aviso de confidencialidad inmediatamente después de la divulgación; o (ii) debido a la naturaleza de la información y el contexto en el que se reveló. Sin limitación, la información sobre planes de negocios, modelos y estrategias, diseño y tráfico de red, rendimiento del servicio, clientes, proveedores, requisitos y precios se considera “Información Confidencial”.
19.2 Exclusiones. El término “Información Confidencial” no incluye información que el Recipiente pueda demostrar: (i) estaba en posesión del Recipiente antes de recibirla del Divulgador; (ii) fue desarrollado independientemente por o para el Recipiente sin hacer referencia a la Información Confidencial del Divulgador; (iii) fue recibido legítimamente por el Recipiente de un tercero sin un deber de confidencialidad; o (iv) está o se pone a disposición del público sin culpa del Recipiente.
19.3 Uso Permitido. El Recipiente puede usar la Información Confidencial del Divulgador solo con el propósito de cumplir con sus obligaciones en virtud de este Contrato y no puede divulgar dicha Información Confidencial excepto en los siguientes casos: (i) a los empleados, contratistas y asesores financieros y legales del Recipiente que tengan necesidad de saber, están bajo una obligación de confidencialidad y han sido informados de las obligaciones del Recipiente bajo este Contrato; y (ii) cuándo y en la medida en que la divulgación sea requerida según la Ley aplicable si el Recipiente primero notifica al Divulgador de la divulgación requerida y coopera razonablemente con el Divulgador, a expensas del Divulgador, para buscar un acuerdo de protección razonable; sin embargo, el Recipiente no tiene obligación de actuar de una manera que pueda dar lugar a sanciones u otras multas. El Cliente no está autorizado a divulgar la Información Confidencial de CT Americas a ningún tercero, incluidos, entre otros, los Usuarios Finales, sin el consentimiento previo por escrito de CT Americas. El Recipiente conservará todas las marcas de propiedad en la Información Confidencial del Divulgador que se proporcionó al Recipiente. A solicitud del Divulgador, el Recipiente devolverá la Información Confidencial al Divulgador o la destruirá y certificará su destrucción.
19.4 Duración. Aparte de las obligaciones con respecto a los secretos comerciales que se mantendrán en secreto durante el tiempo en que sean reconocidos por la ley como secretos comerciales, las obligaciones del Recipiente en virtud de este Artículo 19 terminarán tres (3) años después de su divulgación.
19.5 Descargo de Responsabilidad. Toda la información intercambiada en virtud del Contrato se proporciona “TAL CUAL”, sin garantía de ningún tipo que no sea la que el Divulgador garantiza que está autorizado para hacer dicha divulgación.
19.6 Contratos Anteriores. Las cláusulas de confidencialidad en este Artículo 19 reemplazan por completo cualquier acuerdo de confidencialidad previa y/o acuerdo de no divulgación entre las Partes.
19.7 Remedios. Cada Parte reconoce que su incumplimiento o amenaza de incumplimiento de este Artículo 19 puede causar un daño irreparable al Divulgador que no sería compensado adecuadamente por daños monetarios. En consecuencia, en el caso de que se produzca tal incumplimiento o amenaza de incumplimiento, el Recipiente acepta que, además de los recursos legales a los que podría tener derecho, el Divulgador puede buscar un alivio equitativo, incluido un requerimiento judicial temporal o permanente, sin fianza o prueba adicional.
20 SEGUROS
20.1 Coberturas. CT Americas mantendrá la siguiente cobertura mínima de seguro durante el Plazo de Servicio de este Contrato:
(i) Seguro de responsabilidad civil comercial con un límite único combinado por ocurrencia de no menos de un millón de dólares estadounidenses (US$1,000,000.00);
(ii) Seguro de compensación para trabajadores con una cobertura total de un millón de dólares estadounidenses (US$1,000,000.00) y en cumplimiento con los requisitos mínimos establecidos por la ley aplicable. CT Americas deberá obtener una exención de sus compañías de seguros con la que CT Americas ofrece un seguro de compensación para trabajadores que libera sus derechos de subrogación contra el Cliente; y
(iii) En el caso de que CT Americas utilice un automóvil en relación con su desempeño de los Servicios, el seguro de responsabilidad comercial de automóviles, con un límite único combinado de no menos de un millón de dólares estadounidenses (US$1,000,000.00) por accidente para todos los vehiculos propriedad de CT Americas, o vehiculos arrendados o contratados por CT Americas, y vehiculos de uso permisivo.
Calificación 20.2. Las pólizas de seguro descritas anteriormente serán emitidas por las compañías de seguros con un A.M. Mejor Calificación de al menos A-VII, y el Cliente y sus subsidiarias y afiliadas se incluirán como asegurados adicionales en las polizas de Responsabilidad Civil Comercial General y Responsabilidad Civil de Automoviles descritas anteriormente. CT Americas no se considerará eximido de ninguna responsabilidad por el hecho de que mantiene (o no mantiene) un seguro.
21 NOTIFICACIONES
21.1 Formulario. Todas las notificaciones, solicitudes u otras comunicaciones se harán por escrito, en idioma inglés, y se enviarán a las Partes a las direcciones establecidas en la Orden.
21.2 Entrega. Los avisos y solicitudes deben enviarse por un método que proporcione una prueba de entrega (incluido el servicio de mensajería urgente y el fax o correo electrónico si se obtiene la evidencia del recibo). A menos que se especifique lo contrario en este Contrato, cualquier notificación o solicitud se considerará entregada en la fecha de recepción. Para los fines de este Contrato, la fecha del “recibo” es (i) 24 horas después del depósito con un servicio de mensajería courier tales como DHL, UPS o FEDEX; (ii) la fecha de un fax o correo electrónico como se evidencia en el informe de transmisión de fax exitoso o la confirmación por correo electrónico; o (iii) tres (3) días después del depósito en el correo de los EE. UU. como una carta certificada o registrada, con franqueo pagado solo si la oficina del Cliente para propositos de este Contrato y los Servicios prestados estan en EE.UU.
22 PUBLICIDAD; USO DE NOMBRE
Excepto por lo establecido en este Artículo 22, ninguna Parte (i) emitirá ninguna publicación o comunicado de prensa relacionado con este Contrato o la relación de las Partes en virtud del presente Contrato a menos que lo exija la Ley o una bolsa de valores o se acuerde por escrito entre las Partes o (ii) puede usar el nombre, logotipo, nombre comercial, marcas de servicio, marcas registradas o material impreso de la otra Parte en cualquier material promocional o publicitario, declaración, documento, comunicado de prensa o difusión sin el consentimiento previo por escrito de la otra Parte cuyo consentimiento puede ser otorgado o retenido a discreción exclusiva de la otra Parte. CT Americas tiene el derecho de proporcionar a cualquier cliente o cliente potencial vinculado por un acuerdo de no divulgación acceso a una lista de clientes y una descripción del Servicio comprado por dichos clientes. El Cliente acepta dicha divulgación, incluida la lista del nombre del Cliente y el Servicio comprado por el Cliente (no se divulgarán los términos financieros relacionados con la compra).
23 LEY APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Este Contrato se rige y debe interpretarse de acuerdo con las leyes del Estado de Virginia excluyendo los principios de elección de leyes. Las Partes acuerdan que cualquier acción relacionada con este Contrato se iniciará y mantendrá solo en un tribunal federal o estatal de jurisdicción competente ubicada en el Distrito Este de Virginia. Cada una de las Partes acepta la jurisdicción y el lugar de dichos tribunales y renuncia a cualquier derecho a objetar a dicha jurisdicción y lugar. Las Partes también renuncian a cualquier derecho a juicio con jurado. La Parte ganadora en cualquier procedimiento de disputa tendrá derecho a la recuperación de los honorarios razonables de sus abogados y los costos de litigios de la otra Parte.
24 CONTRATO INTEGRAL
Este Contrato, incluidos todos los anexos y cronogramas, junto con los Acuerdos de Niveles de Servicio y las Órdenes contienen el entendimiento completo entre las Partes con respecto al tema de este Contrato, y reemplaza todas las negociaciones previas, correspondencia, acuerdos, entendimientos, promesas y acuerdos con respecto a dicha materia. A los documentos que comprenden este Contrato se les dará preferencia en el siguiente orden descendente: (i) este Contrato, (ii) los anexos, el (iii) Acuerdo(s) de Niveles de Servicio y las políticas de CT Americas publicadas en su sitio web, incluyendo pero no limitado al AUP; y (iv) la(s) Orden(es) pertinente(s). Si hay un conflicto entre las cláusulas de este Contrato y los términos generales establecidos en cualquier Orden, prevalecerán los términos y las condiciones de este Contrato; sin embargo, cualquier especificación técnica, de implementación u operacional particular, personalizada para un Cliente particular en una Orden prevalecerá sobre términos más generales dirigidos a los mismos asuntos en este Contrato.
25 MODIFICACIONES
CT Americas puede enmendar los términos de este Contrato en cualquier momento con dicha modificación vigente a partir de la publicación en el sitio web.
26 INTERPRETACION
Las palabras y frases utilizadas aquí pero no específicamente definidas aquí tendrán el significado generalmente entendido en las industrias de telecomunicaciones y tecnología de la información. Este Contrato se interpretará de acuerdo con su significado justo y no debe interpretarse a favor ni en contra de ninguna de las Partes, independientemente de qué una Parte pueda considerarse que ha redactado este Contrato.
27 SEPARABILIDAD/DIVISIBILIDAD
Cualquier artículo o cualquier otra cláusula de este Contrato que sea o se convierta en ilegal, inválida o inejecutable sera considerada como separarada de este Contrato y será inefectiva en la medida de dicha ilegalidad, nulidad o inejecutabilidad y no afectará ni menoscabará las clausulas restantes del Contrato, las cuales permanecerán en plena vigencia.
28 GARANTÍAS ADICIONALES
Cada una de las Partes acuerda ejecutar y entregar cualquiera y todos los acuerdos, documentos o instrumentos adicionales necesarios para llevar a cabo este Contrato y las transacciones a que se hace referencia en este documento o que se contemplan en este documento o que cualquier otra Parte solicite razonablemente para dejar constancia de evidencia de sus derechos bajo este Contrato.
29 CESIÓN
Este Contrato es personal para, será vinculante sobre e inure únicamente en beneficio de las Partes. Nada en este Contrato tiene la intención de crear o conferir ningún derecho o remedio a un tercero. Ninguna de las Partes, de manera voluntaria o por ley, cederá, transferirá, licenciará o transferirá la totalidad o parte importante de sus derechos o deberes u otros intereses en este Contrato o el producto del mismo sin el consentimiento previo por escrito de la otra Parte cuyo consentimiento no deberá ser injustificadamente retenido o retrasado. Sin embargo, cualquiera de las Partes puede ceder este Contrato sin el consentimiento previo a cualquier Afiliado, entidad o sucesor en interés, ya sea por fusión, reorganización o transferencia de todos o sustancialmente todos sus activos. Cualquier cesionario del Cliente debe cumplir con la prueba de solvencia crediticia de CT Americas. Ninguna cesión liberará al cesionario de sus obligaciones en virtud del presente Contrato. Cualquier intento de ceder o asignar cualquier derecho o deber en violación de esta cláusula será nulo y sin efecto.
30 MISCELANEO
30.1 Renuncias. Ninguna renuncia por cualquiera de las Partes de cualquier cláusula en este Contrato será vinculante a menos que se haga expresamente y se confirme por escrito. Cualquier renuncia de este tipo se relacionará solo con el asunto, el incumplimiento o la infracción relacionada, y no se aplicará a ningún asunto posterior o de otro tipo, incumplimiento o infracción. El hecho de que cualquiera de las Partes no haga cumplir o no insista en el cumplimiento de cualquiera de las clausulas de este Contrato o la indulgencia o la renuncia al mismo, en ningún caso se interpretará como una renuncia general o la renuncia a cualquiera de dichos derechos.
30.2 No Exclusividad. Sujeto al cumplimiento de las disposiciones de confidencialidad del Artículo 19, nada en el Contrato disminuye, restringe o perjudica los derechos de cualquiera de las Partes para celebrar acuerdos similares con otras Partes o para competir entre sí de otra manera. Cada Parte reconoce que sigue siendo en todo momento la única responsable del éxito y los beneficios de su propio negocio.
* * *
Anexo A
DEFINICIONES
Aceptación significa el consentimiento del Cliente para recibir el Servicio como según sea entregada, como se describe en el Artículo 10.
Afliado significa una entidad que controla por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de, controlada por o bajo el control común de una Parte.
Avio de Activación del Servicio significa aviso al Cliente por CT Americas de la Fecha de Activación del Servicio.
Cago de Instalación tiene el significado en la Sección 3.1
Cargo por Cancelación significa el cargo total agregado pagadero si el Cliente cancela el Servicio antes de la Fecha de Inicio del Servicio como se establece en la Sección 13.6.
Cargos Recurrentes Mensuales (“MRC” por sus siglas en inglés) son los cargos mensuales fijos por el Servicio que debe facturar CT Americas según pueden ser modificados de vez en cuando según este Contrato.
Datos deUso tienen el significado indicado en la Sección 11.7.
Datos del Cliente tienen el significado indicado en la Sección 11.3.
Día Háil significa cualquier día que no sea sábado, domingo o feriado nacional en una jurisdicción en la que una Parte cumpla con cualquier obligación bajo este Contrato.
Derecho de PI tiene el significado en la Sección 12.4.
Divulgador es la Parte que revela Información Confidencial al Recipiente como se menciona en la Sección 19.1.
Enlace Local significa la parte de un circuito que proporciona una conexión desde el punto de demarcación en las instalaciones del Cliente hasta el borde de la red de CT Americas.
Evento de Fuerza Mayor significa cualquier causa que esté más allá del control razonable de la Parte afectada y que no se haya podido prevenir mediante medidas de contingencia estándar en la industria incluyendo, entre otros, incendios, inundaciones, agua, los elementos u otros actos de Dios; disputas laborales o escasez (excepto aquellas que afecten al personal de una Parte), fallas eléctricas, apagones, falta de disponibilidad u otros actos de transporte, servicios públicos u otros servicios esenciales, incluidos, entre otros, cortes de cables submarinos; actos u omisiones del gobierno o de terceros no afiliados (que no sean el personal, los agentes y los Usuarios Finales del Cliente, o los agentes o Portadores de Servicios Subyacentes de CT Americas), explosiones, disturbios civiles o actos de terrorismo o guerra.
Fecha de Activación del Servicio significa la fecha posterior a la Aceptación en la que CT Americas notifica al Cliente que el Servicio se ha activado y comienza la facturación.
Fecha de Inicio del Servicio (“RFS”) significa la fecha en la cual se considera que la aceptación del servicio ha ocurrido de conformidad con el Artículo 10.
Fecha de Notificación de Disputa tiene el significado indicado en la Sección 4.1.
Fecha de Vencimiento tiene el significado indicado en la Sección 3.3.
Impuestos tiene el significado indicado en la Sección 3.7.
Incumplimiento significa la falta de una Parte de cumplir una obligación principal de este Contrato; sin embargo, cualquier incidencia de interrupción, indisponibilidad o degradación del Servicio u otra falla para lograr un objetivo establecido en un Acuerdo de Niveles de Servicio no se considerará como Incumplimiento.
Indisponibilidad Crónica significa el nivel y la frecuencia de los incidentes repetidos de falta de disponibilidad completa de la red descritos en la Sección 12.3(i) que dan lugar al derecho del Cliente a cancelar el servicio sin penalidad.
Informción Confidencial se refiere a la información intercambiada entre las Partes que está sujeta a los requisitos para el tratamiento confidencial como se menciona en el Artículo 19.
Información Personal tiene el significado provisto en la Sección 11.2.
Ley significa cualquier estatuto, reglamento, política u orden de cualquier agencia gubernamental o autoridad judicial con jurisdicción competente sobre las Partes o el Servicio.
Orden tiene el significado indicado en la Sección 1.2.
Pago por Terminación tiene el significado indicado en la Sección 13.4.
Parte Indemnizadora según lo mencionado en el Artículo 16 significa la Parte que está obligada a defender y mantener en paz y salvo a una Parte Indemnizada contra un Reclamo.
Parte Indemnizada según lo mencionado en el Artículo 16 significa la Parte que debe ser defendida y mantenida en paz y salvo contra el reclamo de una Parte Indemnizadora.
Pérdidas tiene el significado indicado en la Sección 16.1.
Período de Prueba es el período de tiempo especificado en el Artículo 10 durante el cual el Cliente puede probar el Servicio para su aceptación.
Plazo de Servicio tiene el significado indicado en la Sección 2.2.
Plazo de Servicio Inicial significa el período de tiempo inicial para la prestación del Servicio según se especifica en la Orden.
Plazo de Servicio Renovado significa cualquier plazo de servicio inmediatamente posterior al plazo de servicio inicial o un plazo de servicio de renovación anterior.
Política de Uso Aceptable (“AUP”), a la que se hace referencia en la Sección 6.3, establece los parámetros de CT Americas para el uso permitido, así tambien sobre el uso indebido proscrito, de un Servicio por parte del Cliente, sus empleados, agentes y Usuarios Finales.
Portadores de Servicios Subyacentes significa una o varias terceras partes, proveedor(es) de servicios que operan sobre o en instalaciones que no son propiedad de CT Americas y de las cuales CT Americas obtiene un servicio que forma parte del Servicio prestado al Cliente bajo este Contrato.
Recipiente es la Parte que recibe Información Confidencial de un Divulgador como se indica en la Sección 19.1.
Reclamo tiene el significado en la Sección 16.1.
Recargos tienen el significado indicado en la Sección 3.7.
Servicio(s) tiene el significado indicado en la Sección 1.1.
Usuario Final significa cualquier persona natural o legal que no sea empleado del Cliente, la cual esta autorizado por el Cliente para utilizar un Servicio.
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